Cualquier persona tiene derecho a solicitar información pública, de forma gratuita, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.
Se considera información pública todos los documentos o contenidos que guarda y gestiona la Universidad de Almería excepto en los siguientes casos:
Las consultas sobre el estado de tramitación o documentación de algún procedimiento en curso en el que seas parte interesada, o bien acceder a información que contenga exclusivamente tus propios datos personales. En estos supuestos debes dirigirte directamente al Servicio, Órgano o Unidad que tramite el procedimiento o tenga tus datos.
Las consultas sobre los requisitos para presentar una solicitud, ejercer un derecho, o sobre la normativa aplicable en determinadas materias. En estos supuestos, debes acceder al Servicio, Órgano o Unidad correspondiente.
Las quejas y sugerencias.
Cómo solicitar información pública
Es conveniente usar el modelo de solicitud de acceso a la información pública que facilitamos en la columna derecha, y una vez cumplimentado puedes iniciar el trámite de dos formas.
- De forma telemática mediante instancia general a través del Registro Electrónico General en la Oficina Virtual de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería adjuntando la solicitud de acceso a la información pública. Si necesitas asistencia o ayuda puedes dirigirte a la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Almería
- De forma presencial en cualquier oficina pública de registro presentando solicitud de acceso a la información pública
Puedes hacernos llegar tus consultas, dudas, etcétera a través del perfil Transparencia accediendo al Centro de Atención al Usuario (CAU).
Tramitación
Durante el proceso de tramitación puedes formular alegaciones y aportar documentación adicional si fuese necesario, además podrás conocer, en todo momento, en qué estado se encuentra el procedimiento.
Recibirás una respuesta en el plazo de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano o entidad competente. Este plazo se puede prorrogar por otros 20 días hábiles cuando sea necesario por el volumen o la complejidad de la información solicitada.
