El Consejo de Departamento estará constituido por el Director, que lo presidirá, por el Secretario y por:

  • Todo el profesorado Doctor del Departamento, además del profesorado adscrito al Departamento a tiempo completo.
  • Una representación de los demás miembros del Personal Docente e Investigador, equivalente al 25%, redondeado por exceso, del número de los miembros referidos en el apartado anterior, siempre que haya suficiente número.
  • Una representación de los estudiantes matriculados en titulaciones en los que el Departamento desarrolle actividad docente, equivalente al 30% del número total de miembros del Consejo a que se refiere el apartado a).
  • Una representación del Personal de Administración y Servicios equivalente a un 5%, del apartado a), elegido por y entre los adscritos al Departamento, siempre que haya suficiente número.
  • Una representación del Personal Investigador con función docente equivalente al 5% del apartado a), siempre que haya suficiente número.

Miembros