El órgano de admisión podrá indicar la necesidad de realizar complementos de formación. En concreto, los complementos de formación se realizarán en función de la línea de investigación del estudiante de acuerdo a la siguiente estructura. El número de créditos a realizar como complemento de formación se situará entre los 3 y los 24 créditos.

Complementos formativos para las líneas de investigación sobre Economía y Empresa:

Formación para adquirir conocimiento (Conocimientos básicos relacionados con el campo de estudio).

Materia/Asignatura de entre las que cursar:

Formación para adquirir conocimiento (Capacidades y destrezas personales).

Materia/Asignatura de entre las que cursar:

  • 71025211. Iniciación a la investigación (6 ECTS) (Máster Universitario en Contabilidad y Finanzas Corporativas por la UAL y UPCT).
  • 71023206. Nuevos avances en la información empresarial para la toma de decisiones (6 ECTS) (Máster Universitario en Contabilidad y Finanzas Corporativas por la UAL y UPCT).
  • Herramientas cuantitativo-informáticas para la toma de decisiones en la empresa (4 ECTS) (Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas por la UPCT).
  • Metodología de investigación en EIT (4 ECTS) (Máster Universitario en Gestión y Dirección de Empresas e Instituciones Turísticas por la UPCT).

Complementos formativos para las líneas de investigación sobre Derecho:

Máster en Derecho y Administración Local por la Universidad de Almería:

Máster en Derecho de la Empresa y la Actividad Agroalimentaria por la Universidad de Almería: (Extinguido a partir del curso: 2021-22).

Aquellos estudiantes que puedan acreditar total o parcialmente haber superado los complementos formativos anteriores, podrán solicitar el reconocimiento de los mismos a la Comisión Académica del Título.
En el supuesto de modificación o supresión en los títulos de origen que ofertan los Complementos Formativos referenciados en este apartado, o la verificación de nuevos títulos que puedan proporcionar acceso directo a este Programa de Doctorado, a propuesta de la Comisión Académica del Título, las respectivas universidades, podrán aprobar la sustitución de los mismos, por otros que otorguen competencias análogas o equivalentes.