1. El Consejo de Departamento estará constituido por: el Director, que lo presidirá, el Secretario y por:

a) Todos los Doctores del Departamento, además del profesorado adscrito al Departamento a tiempo completo.

b) Una representación de los demás miembros del Personal Docente e Investigador, equivalente al 25%, redondeado por exceso, del número de los miembros referidos en el apartado anterior, siempre que haya suficiente número.

c) Una representación de los estudiantes matriculados en titulaciones en los que el Departamento desarrolle actividad docente, equivalente al 30% del número total de miembros del Consejo a que se refiere el apartado a).

d) Una representación del Personal de Administración y Servicios equivalente a un 5%, del apartado a), elegido por y entre los adscritos al Departamento, siempre que haya suficiente número.

e) Una representación del Personal Investigador con función docente equivalente al 5% del apartado a), siempre que haya suficiente número.

2. Ningún miembro del Consejo de Departamento podrá pertenecer a él por más de uno de los grupos indicados en el apartado anterior.

3. El mandato de los miembros electos del Consejo de Departamento será de cuatro años. Las vacantes que, en su caso, se produzcan durante estos períodos se cubrirán anualmente; a tal efecto, se convocarán elecciones por el Consejo de Gobierno, durante el primer trimestre del curso, una vez finalizado el proceso de matrícula, a iniciativa de la Junta de Dirección del Departamento, si la hubiese, o del Director.

4. Las representaciones a que se refieren las letras b) y c) del apartado 1 de este artículo serán establecidas en el momento de la convocatoria de elecciones, sin que una eventual alteración del número de miembros del epígrafe a) suponga su modificación antes de las siguientes elecciones.

5. En el plazo de seis meses a partir de la constitución del Departamento, el Consejo de Departamento deberá presentar para su aprobación al Consejo de Gobierno el texto de su reglamento de régimen interno. Transcurrido este plazo sin que se hubiere presentado dicho reglamento, el Consejo de Gobierno lo dotará de uno en el plazo máximo de un mes. El reglamento de régimen interno del Departamento podrá contemplar la existencia de una Junta de Dirección y comisiones, con la composición y fines que se les encomienden, así como otros órganos unipersonales de apoyo.

Consejo de Departamento

Miembros natos

  • Pedro Aguilera Aguilera

  • Francisco Javier Alarcón López

  • Francy daniela Alba Patiño

  • María Trinidad Angosto Trillo

  • Pablo Barranco Vega

  • Tomás Cabello García

  • Francisco Javier Cabello Piñar

  • José María Calaforra Chordi

  • Carmen Capel Salinas

  • Juan Capel Salinas

  • Lorenzo Carretero Paulet

  • José Jesús Casas Jiménez

  • Alejandro Castro Cegrí

  • Antonio Jesús Castro Martínez

  • Isabel Casilda Delgado Fernández

  • Manuel Díaz López

  • Maria José Estrella González

  • Mónica Expósito Granados

  • Encarnación Fenoy Castilla

  • Angel Fernández Cortés

  • Alba Galafat Díaz

  • Fernando Rogelio García Barroso

  • José Antonio Garrido Cárdenas

  • Esther Giménez Luque

  • Juan María Gisbert Gallego

  • Francisco Gómez Mercado

  • Manuel Jamilena Quesada

  • Macarena del Mar Jurado Rodríguez

  • Juan Antonio López González

  • María Josefa López López

  • Rafael Lozano Ruiz

  • Francisca Purificación Martínez Antequera

  • María Rosa Martínez Gallardo

  • Cecilia Martínez Martínez

  • Tomás Francisco Martínez Moya

  • María Encarnación Merlo Calvente

  • Concepción Mesa Valle

  • Juan Francisco Mota Poveda

  • Manuel Antonio Ortega Rivas

  • Ana Belen Ortiz Atienza

  • Juan Pedro Rigol Sánchez

  • María Isabel Sáez Casado

  • María Jacoba Salinas Bonillo

  • María Salinas Navarro

  • Esteban Salmerón Sánchez

  • José Sánchez Sánchez

  • Fernando Sola Gómez

  • Francisca Suárez Estrella

  • María Dolores Suárez Medina

  • Ana Josefa Toribio Gallardo

  • Juan Luis Valenzuela Manjón-Cabeza

  • Angela Vallejos Izquierdo

  • María del Carmen Vargas García

  • Antonio Jesús Vizcaíno Torres

  • Fernando Juan Yuste Lisbona