SERVICIO ALUMNOS
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DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
1.- DESTINATARIOS Y OBJETIVO DE LAS BECAS.- Los destinatarios de las becas serán los alumnos de la Universidad de Almería, teniendo como objetivo apoyar al Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad de Almería en las tareas de organización y desarrollo de las actividades propias de los Secretariados dependientes del Vicerrectorado, dentro de las líneas de colaboración que figuran en los Anexos I, II y III consiguiendo con ello un complemento a su formación académica. 2.- CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. 2.1 Los alumnos que soliciten las becas, deberán acreditar los siguientes requisitos generales: A) Ser Alumno de la Universidad
de Almería en el curso 1999/2000.
3.- SOLICITUDES. 3.1.- Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados que estarán a disposición de los alumnos interesados en la Sección de Becas de la Universidad de Almería. 3.2.- Las solicitudes irán dirigidas al Excmo. Sr. Vicerrector de Estudiantes de esta Universidad y se presentarán en la Sección de Becas, sin perjuicio de lo previsto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.- Las solicitudes deberán ir acompañadas obligatoriamente de los siguientes documentos: A) Fotocopia del D.N.I. del
solicitante.
3.4.- Los aspirantes seleccionados están obligados a cumplir los requisitos establecidos en la presente Resolución y, en concreto: a) Presentar, cuando así
se les requiera, los originales del titulo o títulos de que disponga
y la correspondiente Certificación Académica, así
como aquellos otros documentos originales que acrediten lo declarado en
el tiempo de solicitud.
4.- CONDICIONES DEL DISFRUTE DE LAS BECAS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS.- 4.1.- La duración de la beca será de 3 meses, sin perjuicio de que podrá ser revisada su continuidad hasta un máximo de 12 meses. El disfrute de la beca comienza el mismo día de la incorporación del alumno al Vicerrectorado de Estudiantes, de acuerdo con el periodo establecido en la credencial de becario. 4.2.- Los becarios están obligados a: A) Cumplir el horario establecido
por la convocatoria que no podrá ser inferior a dos horas, ni exceder
de cinco horas diarias.
4.3.- Los becarios deberán desarrollar eficazmente el plan de colaboración previsto por el Vicerrectorado de Estudiantes para la línea a la que concurren, y apoyar otras actividades promovidas por este Vicerrectorado. 4.4.- Los becarios deberán comunicar a la Universidad de Almería obligatoriamente, en caso de producirse, la renuncia a la beca. La aceptación o renuncia a la beca deberá realizarla el alumno por escrito en el Vicerrectorado de Estudiantes de esta Universidad, para su tramitación correspondiente por la Sección de Becas. 4.5.- Los becarios que renuncien a la beca antes de cumplir un mínimo de 100 horas, no tendrán derecho a percepción económica ni a certificación expedida por el Vicerrectorado de Estudiantes. Si la renuncia se produjera una vez superado dicho límite, tendrá exclusivamente derecho a la parte proporcional de la prestación económica que le corresponda, la cual se valorará en función del número de horas de colaboración acreditadas en el Certificado expedido por el Vicerrectorado de Estudiantes de esta Universidad. 4.6.- La presentación de la solicitud por parte del alumno implica la aceptación del contenido de la presente convocatoria. 5.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD. A) No cubrir con los becarios
ningún puesto de trabajo.
6.- CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS. 6.1.- Los alumnos que sean seleccionados recibirán la comunicación de concesión a través de la Universidad, y deberán personarse en el Vicerrectorado de Estudiantes (Sección de Becas) para aceptar o no la beca concedida. La incomparecencia en el lugar y fecha señalados presupone la renuncia de sus derechos, y como consecuencia la no aceptación de la beca concedida. 6.2.- El importe de la beca será de 50.000 pts. mensuales. 6.3.- La percepción del importe total de la beca, o de la parte proporcional que le corresponda a cada becario, de las becas definidas en las ANEXOS I, II, III, le será transferida por la Universidad de Almería con cargo al Centro de Gastos 122500, programa 4A00 y concepto 482.00 Ayudas al Estudio Junta de Andalucía del Vicerrectorado de Estudiantes, mensualmente y de forma individualizada, a la cuenta que éstos indiquen en el impreso de aceptación de la beca. 6.4.- Los becarios que cumplan
en su totalidad el período de colaboración para el que fueron
seleccionados recibirán una Certificación acreditativa
del mismo, expedida por el Vicerrectorado de Estudiantes de esta Universidad.
6.5.- Los becarios seleccionados estarán cubiertos, durante el tiempo de realización de las mismas, por un seguro individual de accidente, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica, con cargo a la misma partida a que hace referencia el apartado 6.3. 7.- INCOMPATIBILIDADES. 7.1.- Estas becas son incompatibles con cualquier otra que perciba o pueda percibir el solicitante de Instituciones o Empresas, tanto públicas y privadas, y cuya percepción coincidiera en el tiempo con la que el alumno hubiera solicitado. 7.2.- Si al incorporarse al Vicerrectorado de Estudiantes desconocen el resultado de otras que hubieran solicitado en otras convocatorias, deberán poner en conocimiento de la Universidad esta circunstancia y comunicar, de producirse la concesión de otra ayuda, dicha coincidencia, para que ésta decida lo procedente. 7.3.- Quedan exentos de esta incompatibilidad los alumnos que perciban ayudas al estudio concedidas por el Estado o Comunidad Autónoma. 7.4.- La concesión de
estas becas no conllevan la exención de precios por servicios académicos
y/o administrativos.
8.- SELECCIÓN Y VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES. 8.1.- El Vicerrectorado de Estudiantes de esta Universidad elaborará una lista de los candidatos de acuerdo la valoración efectuada por la Comisión de Selección. 8.2.- Las becas se concederán por el Excmo. Sr. Vicerrector de Estudiantes de esta Universidad, a propuesta de la Comisión de Selección que estará integrada por el Director del Secretariado de Información al Estudiante y Becas, que actuará como Presidente de la Comisión, la Directora del Secretariado de Servicios Sociales y Atención al Estudiante, el Director de la Unidad de Fomento al Empleo, el Director del Secretariado de Participación y Representación Estudiantil, la Jefe del Servicio de Alumnos, dos alumnos de la Comisión de Becas Propias, y el Puesto Base Gestión adscrito al Servicio de Alumnos que actuará como Secretario. 8.3.- La Comisión valorará
la necesidad de realizar una entrevista personal y/o prueba si las circunstancias
de la formación a desarrollar así lo requiera, así
como la de ponderar los niveles de renta per cápita de los solicitantes.
9. VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES.- 9.1.- La Comisión de
Selección realizará la propuesta de selección correspondiente
en función de:
10.1.- La propuesta de selección de la Comisión, con mención de los becarios beneficiarios. se hará pública en el tablón de anuncios de la Sección de Becas de esta Universidad. 10.2.- Contra la propuesta de selección cabrá escrito de alegaciones ante la correspondiente Comisión de Selección debiendo ser presentado en el plazo máximo de 10 días naturales desde su publicación. 10.3.- Resueltas las alegaciones y elevadas las propuestas de selección correspondientes, el Excmo. Sr. Vicerrector de Estudiantes de la Universidad de Almería hará pública la resolución definitiva de los beneficiarios de las Becas de Apoyo, con inclusión de una lista de suplentes para los casos de renuncia, incompatibilidad u otras causas sobrevenidas. Ante esta Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Excmo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Almería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. 10.4.- A quien se le adjudique la beca se le extenderá la correspondiente credencial de becario. 10.5.- A los efectos previstos
en el articulo 43 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común, se entenderán desestimadas las solicitudes en que
no recaiga resolución expresa.
11.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria. Almería, a 31 de enero
de 2000
EL VICERRECTOR DE ESTUDIANTES
Fdo.: Carlos Asensio Grima
ANEXO I
UNA BECA DE APOYO AL VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES DURACION:
OBJETIVOS:
CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS:
ANEXO II
UNA BECA DE APOYO AL SECRETARIADO DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL
DURACIÓN :
OBJETIVOS
CONOCIMIENTOS
REQUISITO
ANEXO III
UNA BECA DE APOYO AL DIRECTOR/A DE SECRETARIADO DE SERVICIOS SOCIALES Y ATENCIÓN AL ESTUDIANTE DURACION:
OBJETIVOS:
REQUISITOS:
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