Organización > Servicio Generales > Servicios de Apoyo > Serv. Prevención
 
Conocenos
Competencias
Estructura
Las personas
Actividades
Que ofrecemos
Normativa
Documentación
Noticias
Enlaces
Secretariado de Prevención de Riesgos Laborales
Oficina Verde
 

Procedimiento Interno de Generación y Retirada de Residuos de la UAL

Procedimiento General

1. La unidad que como consecuencia de su actividad prevea la generación de un nuevo residuo peligroso, deberá comunicarlo mediante la cumplimentación de LA SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE NUEVO RESIDUO, con aquellos datos que conozca de entre los solicitados en el impreso.

2. El impreso de solicitud se remitirá firmado y fechado al Secretariado de Política de Prevenión de Riesgos Laborales(en adelante PPRL).

3. El Secretariado de PPRL asumirá las siguientes tareas:

  • Cursar las solicitudes de aceptación a un Gestor autorizado y dar traslado al organo competente de la Comunidad autónoma a los efectos previsto por la Ley 10/1998, de 2 de Abril, de Residuos.
  • La entrega de los residuos al gestor así como la gestión y archivo de los Documentos de Seguimiento y Control (DCS´s).
  • La elaboración de la declaración anual al organismo ambiental competente.
  • El asesoramiento a las unidades productoras.
  • El establecimiento de procedimientos internos de recogida.
  • El almacenamiento hasta su cesión en la "estación de transferencia", una vez efectuada la recogida.
  • Las relaciones con empresas gestoras y organismos medioambientales de la Comunidad Autónoma Andaluza.
  • El suministro de etiquetas y contenedores.
  • La cuantificación final de la producción en origen.
  • La gestión de la documentación tras la entrega del residuo por el laboratorio.

4. La unidad productora asumirá, dentro de su ámbito de competencias:

  • El mantenimiento de los residuos hasta su cesión, en condiciones de seguridad e higiene.
  • El cumplimiento de los procedimientos internos establecidos.
  • La adopción de buenas prácticas en relación con los residuos generados.
  • El establecimiento de instrucciones y/o protocolos escritos de trabajo dentro del ámbito de su unidad, área o laboratorio, acordes con los procedimientos establecidos en la Universidad en materia de residuos peligrosos.
  • La designación de persona o personas encargadas de los residuos dentro de la unidad funcional de que se trate.
  • La previsión de necesidades y su solicitud, en cuanto a envases y etiquetas.
  • La correcta separación hasta su recogida, de los residuos generados.
  • El aseguramiento hasta su entrega, del correcto envasado, etiquetado, manipulación y almacenamiento temporal de los residuos.
  • El control del número de contenedores que hay en su unidad.
  • La solicitud de retirada de los contenedores una vez llenos o antes de seis meses desde el inicio de su producción.
  • La adopción de procedimientos de trabajo que disminuyan la posibilidad de vertidos, derrames, fugas o emisiones.
  • Evitar los vertidos de residuos peligrosos a la red de saneamiento.
5. El tratamiento de los residuos corresponde a los gestores autorizados, por tanto, no se debe proceder a la neutralización, destrucción, inactivación, transformación, reducción de volúmenes o cualesquiera otras operaciones que sean competencia de aquéllos.

6. Cuando la unidad o laboratorio productor considere necesaria la retirada de los residuos peligrosos generados, lo solicitará por el procedimiento que se describe en esta página al Secretariado de PPRL.

7. Se comunicará de forma inmediata a la Stº de PPRL la desaparición, pérdida o escape o derrame de residuos peligrosos o cualquier otro incidente grave relacionado con los mismos.

8. El responsable del laboratorio debe designar a una persona encargada de los residuos, hasta su entrega al Stdº de PPRL.

9. Es recomendable que cada laboratorio productor lleve un registro de los residuos peligrosos generados, para lo cual la unidad encargada de gestionar su cesión a un gestor autorizado, es decir el Secretariado de Política de Prevención de Riesgos Laborales, tiene establecido un procedimiento de control interno de la producción y entrega por cada laboratorio, área o departamento, a través de Fichas de Control Interno, de manera que se posibilita el seguimiento y cuantificación de los residuos generados.

10. No se admitirán residuos que no estén perfectamente identificados.Según la normativa vigente, el productor es el responsable de la veracidad de los datos.

11. Es recomendable que el envasado, etiquetado, manipulación, almacenamiento en el laboratorio y entrega de contenedores, se efectúen de acuerdo con los procedimientos que se describen en está web y adoptados en el Manual de Buenas Prácticas de producción de Residuos Peligrosos en la UAL.

Ver cuadro resumen del proceso




Información actualizada por el Secretariado de Política de Prevención de Riesgos Laborales el 28-Mayo-2007
Quejas y sugerencias ©Universidad de Almería
Ayuda
Comité de Seguridad y Salud
Plan de Autoprotección de la Universidad de Almería
Evaluación de Riesgos
Formación
Sustancias Químicas Peligrosas
Residuos Peligrosos
Salud Laboral
Trabajo con Pantallas de Visualización
Escuela de Espalda
Programa Antitabaco de la UAL
Consumo de Drogas y Actitudes de la Población de la UAL
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Simulacro en la UAL